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· 2023
"Este volumen aglutina diversos estudios del prof. Sergio Cámara referidos a la protección del consumidor en el ámbito contractual, que revelan la vertiginosa evolución legislativa y jurisprudencial acaecida en los últimos años en Europa y en España. En doce capítulos, divididos en tres partes, se examina la noción legal de consumidor y las diversas técnicas legislativas de su protección en el Derecho privado europeo, la defensa frente a las cláusulas abusivas (con las revolucionarias construcciones jurisprudenciales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo español sobre el control de transparencia, la posible abusividad de las cláusulas sobre el precio o la eventual extensión de la tutela legal al empresario que se adhiere a determinadas condiciones generales), así como las novedosas reglas aprobadas en la Unión Europea para garantizar la posición jurídica del consumidor en los con-tratos de suministro de contenidos digitales en pro de un Mercado Único Digital".
· 2022
La obra colectiva Derecho de consumo: visión normativa y jurisprudencial actual pretende ofrecer una visión actualizada, clara y concisa, pero también completa y rigurosa, del Derecho de consumo, que incluye las últimas modificaciones del TRLC como son las derivadas de los RDL 7/2021 y 24/2021. La materia se aborda no sólo desde una perspectiva teórica y sistemática, sino que se presta especial atención a la práctica buscando ofrecer respuestas a los problemas que se plantean en la vida diaria. Proporciona un panorama preciso y actual del estado de la cuestión y del modo en los tribunales vienen aplicando las distintas figuras analizadas. Su objetivo es ofrecer un instrumento útil y práctico para que cualquier lector interesado pueda afrontar, con un conocimiento sintético, actualizado y completo de la materia, los múltiples problemas que suscita el Derecho de consumo hoy en día.
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· 2022
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· 2020
El Derecho privado se enfrenta a los retos de la digitalización en un contexto de globalización creciente. La economía de las plataformas, la desmaterialización de las prestaciones, la intangibilidad de los productos, la previsión de voluntades digitales para después de la muerte o la automatización de muchos procesos exigen respuestas que no siempre se hallan en el Derecho del mundo analógico. -- Como botón de muestra de los retos que plantean estos nuevos escenarios, conviene reflexionar sobre la protección que merece la propiedad intelectual a propósito de las obras generadas por los usuarios en la red, la difícil coexistencia entre el derecho fundamental a la preservación de los datos personales y su creciente mercantilización, o el papel que desempeña la conformidad en los negocios de suministro de contenidos y servicios digitales. -- En esta obra, distintos autores con una misma identidad y cultura europeas exploran los lindes entre el Derecho de contratos, el régimen jurídico de la propiedad y la defensa de la persona y ofrecen una visión crítica de esos y otros aspectos, desde distintas disciplinas (Derecho y Economía) y especialidades jurídicas (Derecho civil, mercantil e internacional privado).Sobre la base de los cambios económicos o sociológicos acontecidos, muestran las bondades, contradicciones e insuficiencias de determinadas normas, a la par que, entre todos, esbozan las reformas que deberían contribuir a la consecución del Mercado Único Digital en la Unión Europea.
· 2020
Las revoluciones tecnológicas suelen estar necesitadas de un acompañamiento normativo que acoja las nuevas realidades y las integre en el sistema (recepción jurídica). La Revolución Digital, en la que nos encontramos inmersos desde hace un par de décadas, no es una excepción. La Unión Europea decidió en 2015 iniciar una estrategia política de recepción jurídica de la Revolución Digital a través de la Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa (EMUDE o DSMS), con la doble intención de desarrollar una suerte de proyección digital del Mercado Único Europeo en el seno de la Unión, y de aprovechar el potencial económico que esta revolución tecnológica representa para Europa. Son muchas, y muy diversas las iniciativas normativas desarrolladas en estos cuatro años en el marco de la EMUDE. Esta obra pretende dar cuenta de algunas de estas iniciativas como son la regulación de la economía de plataformas, los contratos de suministro de contenidos digitales, la economía de datos, la protección de los consumidores en la era digital, los delitos relacionados con la informática, las estrategias de ciberseguridad, o la fiscalidad relacionada con la (ya no tan) incipiente economía digital. La obra se estructura en cinco bloques temáticos, pretendiendo facilitar al lector una lectura coherente de la obra de principio a fin, así como la búsqueda específica de temas concretos. Por otro lado, la disposición de los capítulos pretende expresar el espíritu de diálogo intergeneracional que ha presidido el Proyecto de Investigación de Jóvenes Investigadores de la Universidad de Málaga.
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· 2008
El arrendamiento de bienes muebles y el contrato de renting, entendido como un arriendo mobiliario duradero con servicios, vienen adoleciendo de una suerte de “invisibilidad jurídica” que no se compadece con su gran pujanza socioeconómica. Estos contratos carecen de una expresa regulación ad hoc, no es fácil rastrear la abundante jurisprudencia recaída sobre ellos por falta de entradas precisas en los tesauros al uso y por su confusión y camuflaje en contratos próximos (leasing financiero, arrendamientos de inmuebles o de industria, contratos de servicios) y no han recibido aún el tratamiento doctrinal de conjunto que merecen, al margen de un par de obras sobre alquileres sectoriales (de automóviles, de buques), muy pocos ensayos sobre el renting desde el punto de vista sustantivo y ninguno sobre el alquiler de todo tipo de bienes muebles en su conjunto. Esta obra constituye la primera monografía que aborda en nuestro país un estudio completo de Derecho privado, civil y mercantil, sobre dichos contratos. Además de definir la esencia del goce locativo mobiliario y las variables que imprimen señas propias a algunos grupos de acuerdos por la naturaleza del bien, la actividad de los terceros intervinientes o la duración del contrato, sin quebrantar la calificación unitaria de éste, se examinan, entre otras, cuestiones de trascendencia y litigiosidad, como las obligaciones de mantenimiento y reparación, las cláusulas de vencimiento anticipado de rentas, el régimen de responsabilidad por deterioro o pérdida, la aplicabilidad de las reglas sobre tácita reconducción, sobre extinción del arriendo ante la enajenación del bien o sobre saneamiento y conformidad, la discutible eficacia de la inscripción del contrato en el Registro de Bienes Muebles, etc. El análisis de estas materias se acomete con un enfoque eminentemente práctico desde sólidos postulados dogmáticos, a partir de cuatro premisas de metodología: en primer lugar, un completo análisis de 250 sentencias del Tribunal Supremo y Audiencias Provinciales, seleccionadas por su tratamiento específico entre varios centenares de otros fallos, bastantes también citados, sobre cuestiones próximas. En segundo lugar, el empleo del llamado “Derecho de los formularios” para ilustrar los problemas reales del tráfico, a partir no sólo de los modelos de la DGRN, sino de varias decenas de contratos representativos de diversos sectores contractuales. En tercer lugar, un intenso uso del Derecho comparado, no sólo europeo (con especial referencia al “Marco Común de Referencia” sobre Derecho contractual europeo de 2008 que acoge los “Principios Europeos sobre Arrendamiento de Bienes Muebles” de igual fecha), sino mundial, para abonar las soluciones con el contrapunto de otros sistemas jurídicos. En cuarto lugar, se presta especial atención a la adaptación y engaste de los artículos 1542 a 1582 del Código civil sobre el arrendamiento de cosas con otras normas del ordenamiento que afectan al alquiler mobiliario, como el Código de Comercio, la Ley 2/2004 sobre morosidad, el Reglamento sobre Transporte Terrestre, modificado por RD 1255/2006, el Proyecto de Ley de Navegación Marítima de 2006, el régimen del Registro de Bienes Muebles y, muy especialmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por RDL 1/2007, de 16 de noviembre. El texto se cierra con un útil anexo sobre la jurisprudencia específica de estos contratos y con una propuesta articulada de lege ferenda para su regulación en el Código civil.
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· 2000
¿Es lícita la "desheredación" de los herederos abintestato? ¿Puede el testador apartar absolutamente de su herencia, aunque llegue a abrirse la sucesión intestata por alguna causa, a alguno de sus herederos legítimos? ¿Podría constituir esta voluntad el único contenido de un testamento, sin más disposición? ¿Qué eficacia tendría respecto a los no excluidos o respecto a los descendientes del excluido? Todas esta preguntas reconducen a averiguar si es válido en Derecho español el llamado "testamento negativo", a lo que nuestro ordenamiento no da respuesta expresa, por contraste con lo que sucede en otros sistemas jurídicos, como el alemán, el francés o el italiano. Tampoco la doctrina española se había ocupado hasta la fecha de resolver en detalle estas cuestiones, pese a su trascendencia práctica. Trascendencia que proviene no sólo de la posibilidad de otorgar testamento con una única cláusula excluyente, sino, también, de insertarla como parte de un contenido testamentario más extenso, para afianzar algunos objetivos no contemplados por la ley (v. gr., reforzar las cautelas socinianas). Y, más aún, el valor de esta institución se multiplica con el interrogante sobre la posible eficacia de una exclusión implícita en un testamento sólo positivo: se trata de saber si la pura institución hereditaria, la atribución bajo condición, el mero reconocimiento de la legítima, la desheredación en sentido estricto o la preterición hereditaria entrañan la exclusión de determinados herederos legales, lo cual plantea interesantes problemas hermenéuticos y supone una lectura novedosa del Derecho sucesorio y de las relaciones entre sucesión testada e intestada.